jueves, diciembre 17, 2009
LAS CIENCIAS JURÍDICAS Y SUS TEMAS.REFLEXIONES. 8.-“LA SITUACIÓN METASTÁSICA DE LA MORAL, LA ETICA Y LA JUSTICIA EN VENEZUELA.”
IMAGEN: PORTADA DE LA INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL:" EL PRINCIPIO INQUISITIVO ¿ OFRENDA A LA ETICA O A LA JUSTICIA ? AUTORÍA DE PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.
"EL PODER SIEMPRE TRANSFORMA A QUIEN LO EJERCE,LO ENVILECE, LO ACOMPLEJA,POR ELLO LOS GOBERNANTES EN UNA PERCEPCIÓN EQUIVOCADA DE SU EJERCICIO,CONCIBEN QUE LOS ADMIMNISTRADOS DEBEN SERVIRLE,CUANDO LA ESENCIA DE LA DEMOCRACIA,REITERA QUE LOS QUE GOBIERNAN SON MANDATARIOS DEL PUEBLO".MEGF.(JUEVES 17 DE DICIEMBRE DE 2009 ).
LAS CIENCIAS JURÍDICAS Y SUS TEMAS.REFLEXIONES. 8.-“LA SITUACIÓN METASTÁSICA DE LA MORAL, LA ETICA Y LA JUSTICIA EN VENEZUELA.”
*** PRECISIONES DOCTRINARIAS, FILOSOFICAS Y SUSTANTIVAS QUE DEBERÍAN ASUMIR TODOS LOS PODERES DEL GOBIERNO “REVOLUCIONARIO” DE MI PAIS.
POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADA Y PUBLICADA EN LA RED JUEVES 17 DICIEMBRE DE 2009.
Las intenciones, propósitos y finalidades de los principales voceros del “Régimen Socialista del Siglo 21”que virtualmente reina en Venezuela, evidenciadas en humorísticas y cantinfléricas declaraciones en torno al PRINCIPIO DE LA DIVISIÓN DE LOS PODERES”, desarrolladas por los eminentes pensadores del tiempo de la revolución francesa, me causaron sorpresa, desconcierto y carencia de respeto,por quienes siendo profesionales del derecho, algunos incluso, catedráticos de pre y posgrado de nuestras universidades, en virtud de la ,burla, manipulación y servilismo - -que no ignorancia - - - de quienes ocupando posiciones de alto gobierno, irrespetan y transgreden normas constitucionales y de cualquier otro genero, tratando de justificar mediante el desconocimiento de aquel principio universal, el imperio de una autocracia en franca violación- - - insisto - - - del ordenamiento jurídico venezolano.
Las siguiente notas abordan el problema de la ética, la moral y la justicia, analizadas por las mentes mas claras de nuestra cultura humanística, jurídica, filosófica y epistemológica .Ojala los gobernantes que pretenden destruir los cimientos de nuestro Estado de Derecho, puedan -- - - al menos - - - sino asimilar, leer los siguientes párrafos, qué aspiro les permitan revisar su errátil y destructora posición-.
1.
ÉTICA Y JUSTICIA. PRECISIONES CONCEPTUALES
Los temas de la ética y la justicia constituyen una parcela de conocimiento inagotable, apasionante y siempre con mayores adeptos dispuestos a deslindar las fronteras entre una y otra, aportándole incluso nuevas realidades que hagan accesible racionalmente el respeto por cada una de ellas y la no trasgresión de tan importantes valores. Esta pequeña investigación documental asumirá desde diversos ángulos la temática que alude a los referidos valores, y propenderá al tránsito por escenarios que no solamente involucren al profesional del Derecho, lo cual ha sido siempre el error de quienes han pretendido estudiar los problemas que generan la práctica de la ética o de la justicia en tan irredenta profesión; por ello se analizarán otras aristas atinentes al problema, por lo que necesariamente se tendrá que analizar la ética y la justicia en el marco de la Administración de Justicia, la Jurisdicción, el Poder Judicial, etcétera, lo mismo que la posición que asumen las corporaciones gremiales que aglutinan a los abogados y otras profesiones que deben velar celosamente por la ética y la justicia. También forma parte de esta investigación la base teórica o doctrinaria, por cuanto no será posible indagar en los escenarios de la praxis forense el dilema que se le plantea al abogado por la contradicción, lucha o paradoja entre la ética y la justicia, sin que antes se precise desde las categorías eminentemente científicas, jurídicas, filosóficas y sociológicas tales conceptos. También será imposible que la investigación conduzca por senderos matizados por la puridad científica, epistemológica y racional serias conclusiones que evidencien la problemática en el gremio de abogados, en el Poder Judicial, en el Sistema Judicial del Estado, y en otras áreas vinculadas, así como las propuestas o soluciones que el estudio que se efectúa pudiese generar.
En el orden que se ha preestablecido el autor de esta investigación, se abordará de seguidas el tema de la ética, sus antecedentes, definiciones y desarrollo.
Desde el punto de vista histórico, la figura de Aristóteles se crece en el campo de la filosofía y en atención a la investigación que se realiza, su estudio es vital para la exacta comprensión de la clasificación de la Justicia. Pero antes, el orden científico obliga a escudriñar los antecedentes de esta institución y su desarrollo, pues de otra manera no podría percibirse integral y racionalmente lo que ese gran sabio llamado Aristóteles le aportó a la filosofía y a la Humanidad. El Principal instrumento de auxilio en la forma característica de escritura de autor que desarrolla este tema sobre “La Ética versus la Justicia: El dilema del Abogado”, son los diccionarios –especies de arsenal de letra impresa que constituyen manantial infinito de conocimientos, cita del autor –
“justicia. (Del lat. iustitĭa). 1. f. Una de las cuatro virtudes cardinales, que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece. 2. f. Derecho, razón, equidad. 3. f. Conjunto de todas las virtudes, por el que es bueno quien las tiene. 4. f. Aquello que debe hacerse según derecho o razón. Pido justicia. 5. f. Pena o castigo público. 6. f. Poder judicial. 7. f. Rel. Atributo de Dios por el cual ordena todas las cosas en número, peso o medida. Ordinariamente se entiende por la divina disposición con que castiga o premia, según merece cada uno. 8. f. desus. Ministro o tribunal que ejerce justicia. 9. f. coloq. desus. Castigo de muerte. En este mes ha habido dos justicias. 10. f. ant. alguacil (‖ oficial inferior de justicia). 11. m. justicia mayor de Aragón. 12. m. desus. justicia mayor de Castilla. ~ conmutativa. 1. f. La que regula la igualdad o proporción que debe haber entre las cosas, cuando se dan o cambian unas por otras. ~ de sangre. 1. f. ant. mero imperio. ~ distributiva. 1. f. La que establece la proporción con que deben distribuirse las recompensas y los castigos. ~ mayor de Aragón. 1. m. Magistrado supremo de aquel reino, que con el consejo de cinco lugartenientes togados hacía justicia entre el rey y los vasallos, y entre los eclesiásticos y seculares. Dictaba en nombre del rey sus provisiones e inhibiciones, cuidaba de que se observasen los fueros, conocía de los agravios hechos por los jueces y otras autoridades, y fallaba los recursos de fuerza. ~ mayor de Castilla, ~ mayor de la casa del rey, o ~ mayor del reino. 1. m. Dignidad, de las primeras del reino, que gozaba de grandes preeminencias y facultades, y a la cual se comunicaba toda la autoridad real para averiguar los delitos y castigar a los delincuentes. Desde el siglo XIV se hizo esta dignidad hereditaria en la casa de los duques de Béjar. ~ original. 1. f. Inocencia y gracia en que Dios crio a nuestros primeros padres. la ~ de enero. 1. f. coloq. U. para dar a entender que ciertos jueces u otros funcionarios no suelen perseverar en el excesivo rigor que ostentan cuando principian a ejercer sus cargos. administrar ~. 1. loc. verb. Der. Aplicar las leyes en los juicios civiles o criminales, y hacer cumplir las sentencias. de ~. 1. loc. adv. Debidamente, según justicia y razón. hacer ~ a alguien. 1. loc. verb. Obrar en razón con él o tratarle según su mérito, sin atender a otro motivo, especialmente cuando hay competencia y disputa. ~ de Dios. 1. loc. interj. U. para dar a entender que aquello que ocurre se considera obra de justicia de Dios. 2. loc. interj. U. para dar a entender que algo es injusto, como pidiendo a Dios que castigue por ello.oír en ~. 1. loc. verb. Der. Ser examinados por un juez o tribunal los descargos o excusas del funcionario a quien se impuso alguna corrección. pedir en ~. 1. loc. verb. Der. Poner demanda ante el juez competente. repartir ~. 1. loc. verb. administrar justicia. tenerse alguien a la ~. 1. loc. verb. Detenerse y rendirse a ella. tomarse alguien la ~ por su mano. 1. loc. verb. Aplicar por su cuenta una medida o castigo que cree merecidos.”[1]
De la transcripción anterior, que coloca y clasifica la Justicia en diferentes rubros, se puede colegir fácilmente que aquella deviene del estudio que Aristóteles en la antigüedad efectuó sobre el tema de la Justicia de allí que la siguiente cita con algunos extractos de sus criterios, tesis y opiniones enriquecerán lo que la significación de tal expresión traduce. Obsérvese, analícese y sea el lector quien concluya sobre este acerto:
Es Aristóteles en su libro Ética nicomaquea quien nos da un amplia descripción y referencia sobre el concepto de Justicia, de Aristóteles sabemos que Aristóteles (384-322 a.C.), filósofo y científico griego, considerado, junto a Platón y Sócrates, como uno de los pensadores más destacados de la antigua filosofía griega y posiblemente el más influyente en el conjunto de toda la filosofía occidental.
Alumno de Platón, filósofo de la antigua Grecia, Aristóteles compartía la reverencia de su maestro por el conocimiento humano pero modificó muchas de las ideas platónicas para subrayar la importancia de los métodos arraigados en la observación y la experiencia.
Aristóteles estudió y sistematizó casi todas las ramas existentes del conocimiento y proporcionó las primeras relaciones ordenadas de biología, psicología, física y teoría literaria. Además, Aristóteles delimitó el campo conocido como lógica formal, inició la zoología y habló de casi todos los problemas filosóficos principales reconocidos en su tiempo. Conocido por los pensadores medievales como 'el filósofo', Aristóteles es quizá el pensador más importante y de mayor influencia en la historia y el desarrollo intelectual de Occidente.
En oposición a Platón, según criterio de Enrique Serrano, Aristóteles comienza por advertir que la noción de justicia se utiliza con diversos significados de esta manera advierte que llamamos injusto tanto al trasgresor de la ley como al codicioso. Esta vía negativa permite definir dos sentidos centrales del término justicia. En cierto modo justicia es lo legal y en un segundo sentido es el respeto y la igualdad.
Al primer sentido se le denomina justicia general o general y al segundo justicia particular.
Ambos tipos de justicia implican dos aspectos íntimamente ligados, uno objetivo que remite a procedimientos e instituciones y otro, el subjetivo que se refiere al modo de ser caracterizado por un respeto a las normas inherentes a los procedimientos e instituciones y comparten la diferencia de tener como objetivo la relación con los otros, esto es, la justicia es la única de las virtudes que parece referirse a los bienes ajenos.
La justicia es la virtud social por excelencia. Aristóteles afirma que la justicia universal representa la suma de virtudes en las relaciones sociales, en cambio, la justicia particular es una parte del total de las virtudes que tiene como objeto la distribución e intercambio de bienes, así como la violación de las normas que presiden dichas actividades.
En la Ética Nicomáquea la justicia particular se caracteriza por ser un subconjunto de la justicia universal que se refiere a un tipo particular de actividades, en la Retórica la diferencia se define a través de si las relación es con un individuo o con la comunidad en conjunto. Lo que queda claro es que no se trata de dos especies distintas de justicia, sino que la justicia particular, en cualquier caso, presupone la justicia universal, la distinción implica dos maneras de aplicar el concepto de justicia; en sentido amplio o general y en sentido especial o restringido.
Aristóteles distingue dos tipos de justicia particular: la justicia distributiva, con Tomas de Aquino se llamo conmutativa y tiene que ver con la distribución de los bienes sociales, incluidos la distribución de los cargos públicos y los honores. Dentro de la justicia conmutativa o también correctiva diferencia entre aquella que implica actos voluntarios por parte de todos los participantes, aquella que implica un daño así como la presencia de un juez, una forma de distinguir esta última diferencia es comparándola con el derecho civil y penal.[2]
El ejercicio de la ética y de la justicia en los seres humanos no es cuestión simple y llanamente de asumir un buen comportamiento o del cumplimiento de las diversas obligaciones a las cuales la sociedad nos conmina. Se trata más bien del ejercicio de virtudes, presentes o ausentes en el ser humano, y que al ser cultivadas, apreciadas y respetadas conllevan al establecimiento de una mejor sociedad, más justa, más humana, más solidaria, en fin, más equilibrada y armónica. De éstas expresiones son vivo ejemplo las tesis desarrolladas por ese gran hombre a quien la humanidad le debe muchísimo, como obviamente nos referimos al Gran Aristóteles (Estagira, Macedonia, 384 adC - Calcis Eubea, Grecia, 322 adC.), quien entre otras cosas, de la virtud afirma en su obra Ética a Nicómaco, lo siguiente:
Ética Nicomáquea, Libro II
Capítulo V
I
Examinemos en seguida qué sea la virtud. Puesto que todo lo que se da en el alma son pasiones, potencias y hábitos, la virtud deberá ser alguna de estas tres cosas.
Llamo pasiones al deseo, la cólera, el temor, la audacia, la envidia, la alegría, el sentimiento amistoso, el odio, la añoranza, la emulación, la piedad, y en general a todas las afecciones a las que son concomitantes el placer o la pena. Llamo potencias a las facultades que nos hacen pasibles de esos estados, como son las que nos hacen capaces de airarnos o contristarnos o compadecernos. Y llamo hábitos a las disposiciones que nos hacen conducirnos bien o mal en lo que respecta a las pasiones, como si, por ejemplo, al airarnos lo hacemos con vehemencia o remisamente, estaremos mal dispuestos, y si con medida, bien, y así en las demás pasiones.
II
Ni las virtudes ni los vicios son, por tanto, pasiones, Como quiera que no se nos declara virtuosos o viciosos según nuestras pasiones, sino según nuestras virtudes o vicios No es por las pasiones por lo que se nos alaba o censura: no se elogia al temeroso o al airado, ni se reprocha el que alguno monte en cólera por este solo hecho, sino por la manera o circunstancias. Por lo contrario se nos dispensa alabanza o censura por las virtudes y vicios.
Allende de esto, no depende de nuestra elección airarnos o temer, mientras que las virtudes sí son elecciones o por lo menos no se dan sin elección.
III
Finalmente, dícese que somos movidos por las pasiones, mientras que, por las virtudes y vicios no somos movidos, sino que estamos de tal o tal modo dispuestos.
Por los mismos motivos las virtudes no son tampoco potencias, como quiera que no se nos llama buenos o malos ni se nos elogia o censura por la simple capacidad de tener pasiones. Y además, si poseernos estas capacidades por naturaleza, no venimos a ser buenos o malos por naturaleza. Con antelación nos hemos explicado acerca de esto punto.
Si, pues, las virtudes no son ni pasiones ni potencias, no queda sino que sean hábitos. Con lo cual está dicho a qué género pertenece la virtud.
Capítulo VI
I
No basta, empero, con decir así que la virtud es un hábito, sino que es preciso decir cuál. Digamos, pues, que toda virtud perfecciona la buena disposición de aquello cuya virtud es, y produce adecuadamente su obra propia: como, por ejemplo, la virtud del ojo hace bueno al ojo y a su función: por la virtud del ojo vemos bien. Del mismo modo la virtud del caballo le hace ser buen caballo, apto para correr, para llevar al jinete y para esperar al enemigo.Si así es, pues, en todos los casos, la virtud del hombre será entonces aquel hábito por el cual el hombre se hace bueno y gracias al cual realizará bien la obra que le es propia.Cómo sea esto posible, lo hemos dicho ya, pero se tornará más claro aún, si consideramos cuál es la naturaleza de la virtud.
II
En toda cantidad continua y divisible puede distinguirse lo más, lo menos y lo igual, y esto en la cosa misma o bien con relación a nosotros. Pues bien, lo igual es un medio entre el exceso y el defecto. Llamo término medio de una cosa a lo que dista igualmente de uno y otro de los extremos, lo cual es uno y lo mismo para todos. Mas con respecto a nosotros el medio es lo que no es excesivo ni defectuoso, pero esto ya no es uno ni lo mismo para todos. Por ejemplo: sí diez es mucho y dos poco, tomamos seis como término medio en la cosa, puesto que por igual excede y es excedido, y es el término medio según la proporción aritmética. Para nosotros, en cambio, ya no puede tomarse así. Si para alguien es mucho comer por valor de diez minas y poco por valor de dos, no por esto el maestro de gimnasia prescribirá una comida de seis minas, pues también esto podría ser mucho o poco para quien hubiera de tomarla: poco para Milón, y mucho para quien empiece los ejercicios gimnásticos. Y lo mismo en la carrera y en la lucha. Así, todo conocedor rehuye el exceso y el defecto, buscando y prefiriendo el término medio, pero el término medio no de la cosa, sino para nosotros.
III
Si, por tanto, todo arte o ciencia consuma bien su obra mirando al término medio y encaminando a él los trabajos - y de aquí que a menudo se diga de las bellas obras de arte que no es posible ni quitarles ni añadirles nada, dando a entender que el exceso y el defecto estragan la perfección, en tanto que el término medio la conserva-, si, pues, como decimos, los buenos artífices operan atendiendo a esto, y si, por otra parte, la virtud, corno la naturaleza, es más exacta y mejor que todo arte, ella también, de consiguiente, deberá apuntar al término medio.
IV
Hablo, bien entendido, dela virtud moral, que tiene por materia pasiones y acciones, en las cuales hay exceso y defecto y término medio. Así por ejemplo, en el tener miedo, el tener audacia, el desear, el airarse, el compadecerse, y en general en el tener placer o dolor, hay su más y su menos, y ninguno de ambos está bien. Pero experimentar esas pasiones cuando es menester, en las circunstancias debidas, con respecto a tales o cuales personas, por una causa justa y de la manera apropiada, he ahí el término medio, que es al mismo tiempo lo mejor, y esto es lo propio de la virtud.
V
En las acciones, asimismo, hay exceso y defecto y término medio. La virtud, por tanto, tiene por materia pasiones y acciones en las cuales se peca por exceso y se incurre en censura por defecto, mientras que el término medio obtiene la alabanza y el éxito, doble resultado propio de la virtud. En consecuencia, la virtud es una posición intermedia, puesto que apunta al término medio.
VI
Hay que añadir aún que de muchas maneras puede uno errar, pues el mal, como se lo representaban los pitagóricos, pertenece a lo infinito, y el bien a lo finito, y de una sola manera es el acierto. Por lo cual lo uno es fácil, lo otro difícil: fácil el fallar la mira, difícil el dar en ella. Y por esto, en fin, es propio del vicio el exceso y el defecto, y de la virtud la posición intermedia:
"Los buenos lo son de un modo único, y de todos modos los malos."
VII
La virtud es, por tanto, un hábito selectivo, consistente en una posición intermedia para nosotros, determinada por la razón y tal como la determinaría el hombre prudente. Posición intermedia entre dos vicios, el uno por exceso y el otro por defecto. Y así, unos vicios pecan por defecto y otros por exceso de lo debido en las pasiones y en las acciones, mientras que la virtud encuentra y elige el término medio. Por lo cual según su sustancia y la definición que expresa su esencia, la virtud es medio, pero desde el punto de vista de la perfección y del bien, es extremo.
VIII
No toda acción, empero, ni toda pasión admiten una posición intermedia. Algunas se nombran precisamente implicadas con su perversión, como la alegría del mal ajeno, la impudencia, la envidia; y entre las acciones el adulterio, el robo, el homicidio. Todas estas cosas son objeto de censura por ser ruines en sí mismas, y no por sus excesos ni por sus defectos. Con respecto a ellas no hay manera de conducirse rectamente jamás, sino que siempre se yerra. No hay en estos asuntos un hacer bien o un no hacer bien, como en punto a con qué mujer o cómo o cuándo cometer adulterio, sino que sencillamente el hacer cualquiera de estas cosas es errar.
IX
Sería igualmente absurdo pretender que en la injusticia, la cobardía y el desenfreno pudiese haber un medio, un exceso y un defecto porque entonces habría un medio del exceso y del defecto, y un exceso del exceso y un defecto del defecto. Así como en la templanza y en la valentía no hay exceso ni defecto, por ser el término medio en cierto modo un extremo, tampoco en aquellas cosas hay medio ni exceso ni defecto, sino que como quiera que se obre, se yerra. En suma, no hay término medio del exceso ni del defecto, como tampoco exceso ni defecto del término medio.[3]
La ética como una disciplina que coexiste con otras vinculadas al campo de lo social, entre ellas la sociología, la psicología, la historiografía, etc., propende al conocimiento de los valores, situándolos en el escenario de lo bueno y de lo malo. Con esto se quiere afirmar que la ética le permite a las sociedades en general, y al individuo en lo particular, precisar la bondad o maldad con las que se pueden calificar los hechos colectivos o las conductas individuales.
Muchos han considerado a la ética como una maldición, pues es como una especie de camisa de fuerza que le impide al libertino ser humano hacer y decir “lo que le viene en gana”. Es una sentencia que limita el libre albedrío, es un muro de contención a los desafueros y abusos en el diario vivir. Por ello la ética permite determinar lo que es bueno y lo que es malo. De allí que muchos han pretendido establecer una especie de sinonimia entre la ética, la moral y la religión, al punto de que las considera como elementos integrantes de esa verdad absoluta que es la verdad buena, por contraposición a la verdad mala. Por cierto, el autor discrepa de esta última afirmación, por cuanto la verdad no admite clasificaciones, no hay verdades buenas, ni tampoco verdades malas: solamente existe una verdad, y su calificación no depende de su contenido, sino de l ojo individual o colectivo, que la mire, la valore, y que a la final concluya sobre su carácter de maldad o bondad. No obstante este espinoso tema podrá conducir al investigador que se sumerja en sus profundidades a inferir que los hechos, situaciones o conductas no tienen valor por sí mismos, sino que el mismo deviene de lo que “otros” han predeterminado como tal.
Ahora bien, necesario es que el autor de este artículo exprese que si bien es cierto, los hechos por sí mismos no tienen valor, no lo es menos la circunstancia de que el libre arbitrio constituye la fuente generadora de esos hechos, situaciones o conductas, y que, bien la sociedad o el individuo, cuando materializa esas actividades o conductas lo hace conociendo apriorísticamente el sentido de bondad o maldad que tales hechos o conductas poseen. Un ejemplo bastará para ilustrar lo que se ha dicho: Un individuo que comete un homicidio sabe que matar es malo, y sin embargo incurre en él a pesar de la calificación de “mala” de esa conducta. Pero no siempre el homicidio por sí mismo puede ser considerado como “conducta mala” ya que en el mismo caso, si este individuo mata en el ejercicio del derecho de defender su vida o la de sus seres queridos, transformaría entonces esa calificación de “malo” por “hecho necesario”, y por la confrontación de los derechos y valores de vida escenificados entre el agresor y el agredido. De allí que esa “vocecita interior” que algunos llaman conciencia y que aparece siempre que tengamos que tomar una decisión, algunos otros llaman ética; los más estudiosos la circunscriben a la categoría de un imperativo razonable, entendiendo por tal la necesidad del individuo de actuar de una manera racionalmente razonable, con lo cual se agudiza aún más la problemática y estudio de la ética, ya que si lo anterior es cierto, se podrá entonces expresar también que la ética y la conciencia forman el llamado “Libre Albedrío”, Alfa y Omega, principio y fin de la existencia humana conforme a las sagradas escrituras. Porque siendo el hombre criatura a imagen y semejanza de Dios, y siendo Éste el principio y fin de todas las cosas, el hombre también lo es. De allí que sus posibilidades para seleccionar y escoger lo que a bien tengan es una característica que identifica a Dios, con la única diferencia en que estas capacidades y aptitudes del hombre devinieron en una sanción por un acto de desobediencia. Aquí es bueno aclarar que aunque estas capacidades se las habría otorgado Dios a la primera pareja, no se concretaron en el tiempo oportuno que Dios tenía previsto, lo que permitió que el demonio en figura de serpiente, como padre de la mentira, embaucara a la primera pareja para que, invitándolos a ser como dioses, conocieran el bien y el mal para lo cual tenían que ejercer el libre albedrío (“eritis sicut dii, scientes bonum et malum”), que por supuesto ejercieron para complacencia del demonio y disgusto del Padre Creador. Por eso, tal y como se expresó anteriormente, la ética constituye la maldición del Hombre.
La ética, como ya ha quedado deslindado, es el factor, mecanismo o herramienta que le permite al ser humano saber si sus actos son buenos o malos, así de simple.
A continuación, transcribiremos unos cuantos párrafos que permitirán al lector, de una manera epistemológica y racionalmente accesible, obtener mayor información sobre el tema de la ética:
“La vida en comunidad ha implicado para el hombre el desarrollo de códigos morales, los cuales pretenden regir sus acciones no tanto por lo que le convenga en lo particular, sino por la bondad o maldad de cada una de ellas. No todas las sociedades comparten el mismo código moral, sin embargo, por lo que se han realizado estudios para definir los más correctos o para comparar unos con otros.
Se conoce como ética, o filosofía moral, a la disciplina que estudia o reflexiona sobre lo que es bueno o malo, correcto o incorrecto, desde el punto de vista moral.
Interiorización del deber moral
La observación del desarrollo de la conducta moral de la humanidad muestra un proceso de progresiva interiorización: existe una clara evolución que va desde la aprobación o reprobación de determinadas acciones exteriores y de sus consecuencias, también exteriores, a la aprobación o reprobación de las intenciones en las que las acciones se fundamentan. La que Hans Reiner llamó "ética de la intención" se encuentra ya en algunos preceptos del antiguo Egipto (unos tres mil años antes de la era cristiana) como, por ejemplo, en la máxima "no te reirás de los ciegos ni de los enanos", y del Antiguo Testamento cuando el decálogo prohíbe codiciar la propiedad o la mujer del prójimo.
Muy a menudo, cuando el hombre ha deliberado para saber cómo debe obrar ha pensado escuchar una voz en su interior que le dice: he ahí tu deber. Cuando el hombre falta a ese deber, se afirma que esa misma voz se hace oír y protesta. El hombre tiene, entonces, la impresión de que esa voz emana de algún ser superior a él. Por eso, la imaginación de los pueblos la ha atribuido a seres trascendentes, superiores al hombre, que se han convertido en objeto de culto. Así, todas las sociedades humanas han elaborado algún mito para explicar el origen de la moralidad. Para la cultura occidental resulta familiar la figura de Moisés recibiendo en el monte Sinaí la tabla de los diez mandamientos divinos, o el mito narrado por Platón en el diálogo Protágoras, según el cual Zeus, para superar las deficiencias biológicas de los humanos les dio sentido moral y capacidad para entender y aplicar el derecho y la justicia.
Al atribuir origen divino a la moralidad, el sacerdote se convertía en su intérprete y guardián. El vínculo entre moralidad y religión se hizo tan firme que todavía hoy se asegura desde diversas corrientes de pensamiento que no puede haber moralidad sin religión. De acuerdo con este punto de vista, la ética cesaría de ser un campo independiente de estudio y se convertiría en teología moral. Desde un punto de vista antropológico, el sociólogo francés Émile Durkheim postuló que bajo la forma mítica y el símbolo se encuentra la sociedad, y que cuando habla la conciencia es la sociedad la que se expresa.
2.
ANÁLISIS DEL CHOQUE DE LA ÉTICA CONTRA LA JUSTICIA
En algunas oportunidades, y partiendo de las precisiones doctrinarias, científicas y filosóficas que se han hecho en párrafos anteriores, no es fácil poder elegir entre la ética y la justicia en el ejercicio de la profesión de Derecho. Esta dilemática situación se genera porque la vida real o mejor dicho los acontecimientos que en ella se suceden no pueden encasillarse en lo bueno o en lo malo, en lo blanco o en lo negro, en lo alto o en lo bajo, en lo chico o en lo grande, en lo justo o en lo injusto, en lo ético o lo inético. Esta afirmación guarda completa logicidad con el conocimiento humano y con los principios que lo orientan, si ya el ser humano comprendió a distinguir entre el principio de identidad, que se expresa en que “A es A y no puede ser B” y el principio de contradicción que se formula diciendo que “Si B es B y A es A; A no es B y B no es A”. De allí que exista un principio que los estudiosos de la lógica de conocimiento humano han denominado el principio del tercero excluído, que puede ser expuesto así: “Entre A y B existe una tercera posición que no es ni A ni B”. Ello permite explicar por qué no siempre el abogado tomará como elección que académicamente se le enseñó a tomar a la norma jurídica en su aplicación, sino que habrá muchísimas oportunidades en las cuales la justicia será el valor por el cual se incline el abogado, ello debido a que lo ético necesariamente debe ser justo, lo mismo que lo justo pareciera que en algunos casos no fuese ético. Por eso el dilema del abogado cuando se presenta el choque entre la ética y la justicia, es así que el maestro Eduardo Couture haya ideado el distendido “Decálogo del Abogado” que subsume como una de las reglas de oro aquella según la cual cuando exista choque entre el Derecho y la Justicia, el abogado o juez u operador jurídico deberá inclinar la balanza hacia la justicia, que en definitiva es el valor supremo al cual tiende el Derecho. Sin embargo el autor disiente y critica este mandamiento por las razones que ya expuso, no siempre lo justo es lo éticamente recomendable. En este ejemplo, tomado del mundo de las relaciones laborales, podrá observarse la validez de este disentimiento:
“Un trabajador con veinte años de antigüedad demanda a su patrono para que le pague una diferencia de salarios que le adeuda –y que en los veinte años de servicios arroja una suma aproximada de cuarenta millones de bolívares-. Trabada la litis y abierta a pruebas, no hubo forma ni manera de que el trabajador demandante demostrara el mérito probatorio de su pretensión (bien porque no tuvo testigos, o los que tenía no se presentaron), a pesar de existir indicios bien fundados -o por lo menos elementos claros en la convicción del operador jurídico-, de manera que en este caso el sentenciador tendrá que desestimar la acción, porque en justicia no se probó lo que se demandaba. Lastimosamente el trabajador demandante incurrió en el incumplimiento de un principio rector del proceso según el cual “Quien alega, prueba” (Se dejan a salvo las especulaciones que se puedan realizar respecto de la legislación vigente y la novedosa Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que se hipotetiza). Aunque en el caso planteado como tal es verdad que el patrono le debe al trabajador dicha diferencia. Lo ético (por ser lo moralmente bueno), debió materializarse en una sentencia a favor del trabajador basada en la ética como ciencia que califica las conductas, situaciones o acciones como buenas o malas, y no la sentencia que dictó el juzgador fundada en la justicia, pues la contradicción entre aquella y ésta produjo una sentencia justa, pero inética. Aquí se pregunta ¿Qué es más importante? ¿Reconocerle al trabajador lo que le corresponde siendo que por razones de justicia meramente formal no pudo hacerse en la sentencia o fallar a favor del trabajador haciendo a un lado esa justicia formal? Lo contrario también es válido como planteamiento, es decir, que a uno de los pleiteantes que haya resultado victorioso en el proceso se le dé la razón en tanto y en cuanto su pretensión es buena y moralmente válida, y que además haya cumplido con todas las formalidades de ese proceso para obtener la victoria. Pero si el juzgador o el operador jurídico ha formado su convicción en el sentido de que la decisión en cuestión es éticamente acertada pero que al vencedor en justicia no se le debió conceder lo que pidió, entonces generaría el conflicto entre lo que es justo con lo que éticamente se decidió, como este sería el caso de que al mismo trabajador se le concediera la diferencia en el pago del salario, solamente porque el patrono no logró demostrar que ya había pagado porque los documentos en los que constaban esos pagos se extraviaron o simplemente se deterioraron al punto que se destruyeron (para el caso de la hipótesis que se viene planteando, es rigurosamente cierto que ya el patrono había pagado esos anticipos)”.
El lector puede advertir sin mayor esfuerzo como la ética y la justicia chocan con mayor frecuencia de lo que se piensa, y sobretodo en el mundo de los conflictos de derechos e intereses que se plantean en la Ciencia del Derecho.
3.
CONCLUSIONES PRELIMINARES SOBRE LA ÉTICA Y LA JUSTICIA
1. La ética y la justicia son expresiones polivalentes cuya naturaleza oscila para considerarlas como:
A. Valores en sí mismas
B. Fundamento de diversidad de una disciplinas que emergieron con su aparición: sociología, derecho, moral, filosofía, etcétera.
C. Objeto de estudio de diferentes especialidades en las cuales la ciencia ha venido fragmentándose: historiografía, filosofía jurídica, sociología conductista, psicología de masas, etc.
D. La ética la consideran muchos actualmente como principio y fin de la teología moral. Otros con una concepción más amplia la califican como el fundamento de las diversas religiones.
2. La Ciencia del Derecho está consustanciada con la ética y la justicia, al punto de que su existencia no se concibe sin estos valores o fundamentos.
3. La ética y la justicia han permitido que se legisle de manera coherente, sistemática y formal, lo que se traduce en la existencia de leyes tales como la Ley de Abogados y su Reglamento, la Ley Contra la Corrupción, El Código de Ética Profesional del Abogado, la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y otras que se orientan a la vigencia plena y absoluta de todas las manifestaciones vinculadas con la ética y la justicia, y que propenden al desarrollo de una sociedad más justa y más humana.
4. El conflicto entre estos dos valores como lo son la Ética y la Justicia, genera situaciones igualmente contradictorias, provocando sanciones y el establecimiento de responsabilidades, graves en algunos casos, para quienes aventurándose y arriesgando a veces su propia vida, han decidido en un caso concreto el prevalecimiento de la una sobre la otra.
5. ¿A cuál de las dos concepciones se le debe dar más importancia?
A. ¿A la ética? ...
B. ¿A la justicia? …
La respuesta no es fácil, porque la naturaleza humana no tiene reglas determinantes en su actuar finalista, por ello es impredecible precisar cuándo un ser humano dará preeminencia a uno de esos valores. Lo que sí es cierto es que este dilema persigue al profesional del Derecho durante toda su vida. El autor se permite aclarar que esa situación dilemática no es propia ni exclusiva del abogado mismo, sino de la persona humana, la cual diariamente tiene que luchar con sus miedos, temores, prejuicios y convicciones, y así lograr una decisión que conforme a su conciencia haga prevalecer la ética o la justicia.
6. El Decálogo del Abogado que se transcribe al final de este artículo como un obsequio a los cultores de la ciencia del Derecho, a la luz de lo que se ha expresado en este artículo está en entredicho, ya que, como se ha expresado en párrafos anteriores, la naturaleza humana pareciera hostil al cumplimiento de lo expresado en ese decálogo, de la misma forma en que ha sido contumaz con los mandamientos de la Ley de Dios. Aquí cabría preguntarse ¿Es más fácil cumplir el Decálogo del Abogado o las leyes suministradas por Dios? Para las primeras la sanción es terrenal, para las segundas la sanción es ETERNA.
7. La experiencia enseña que un asunto, proceso o juicio nunca es igual a otro, aunque existiese identidad de partes, objeto, causa, pruebas, indicios y cualquier otro elemento, pues siempre el operador de justicia tendrá que pasar por el tamiz de su convicción jurídica de su conciencia, de su valoración, de su visión, del Derecho, la Ética y la Justicia, lo que ocurrió en ese procedimiento, y quienes de alguna manera conocen lo que el autor de este artículo ha escrito, no es fácil la elección entre la ética y la justicia, ni para el abogado, ni para el operador jurídico, por las razones ya anotadas, y porque además la visión sistémica o tridimensional del Derecho hacen casi imposible que se pueda predeterminar esa elección, y aquí es de pertinencia recordar que por Ciencia del Derecho no solamente ha de entenderse el sistema de normas o reglas que rigen la conducta humana, sino también los hechos barnizados por la juridicidad y la interpretación o valoración que efectúen los involucrados, y que como habrá de comprender el lector, es variopinta dependiendo de los valores que se manejen, de la capacidad, aptitud, actitud y demás factores internos y externos que se entretejen en la mente, conciencia y espíritu de quien tenga que hacer esa elección. (Tomado de la Investigación Documental de mi autoría: “EL PRINCIPIO INQUISITIVO ¿OFRENDA A LA ETICA O A LA JUSTICIA?” Para citar este artículo:
GONZÁLEZ FUENMAYOR, Mervy Enrique [con la colaboración de MORALES LOAIZA, Alejandro René]. El Ejercicio del Principio Inquisitivo: ¿Ofrenda a la Ética o a la Justicia?. Maracaibo, Venezuela La Universidad del Zulia. 28-Enero-2009. Disponible en: http://www.inemegf.blogspot.com)
IMAGEN: PORTADA DE LA INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL:" EL PRINCIPIO INQUISITIVO ¿ OFRENDA A LA ETICA O A LA JUSTICIA ? AUTORÍA DE PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR.
"EL PODER SIEMPRE TRANSFORMA A QUIEN LO EJERCE,LO ENVILECE, LO ACOMPLEJA,POR ELLO LOS GOBERNANTES EN UNA PERCEPCIÓN EQUIVOCADA DE SU EJERCICIO,CONCIBEN QUE LOS ADMIMNISTRADOS DEBEN SERVIRLE,CUANDO LA ESENCIA DE LA DEMOCRACIA,REITERA QUE LOS QUE GOBIERNAN SON MANDATARIOS DEL PUEBLO".MEGF.(JUEVES 17 DE DICIEMBRE DE 2009 ).
(C).DERECHOS RESERVADOS
FORMA Y REQUISITOS EN LA CITA DE ARTICULOS, NOTAS, REFLEXIONES AUTORÍA DE MEGF. REDACTADA EL 01 DICIEMBRE DE 2009.
1.-REQUISITOS DE LA CITA ELECTRÓNICA.
¿Como citar los artículos, reflexiones, notas cortas, oraciones y otros materiales, en su versión electrónica, autoría de Prof. Dr. Mervy Enrique González Fuenmayor? Para citar las reflexiones, artículos, notas cortas, oraciones y otras materiales contenidos en los Blogs de Prof. Dr. Mervy Enrique González Fuenmayor, sírvase colocar la siguiente nota: GONZÁLEZ FUENMAYOR, Mervy Enrique .Título de la publicación. Blog de Dr. Mervy Enrique González Fuenmayor, o los títulos de alguno de mis otros blogs Año. [En línea]. Puesto en línea el (fecha de publicación). URL: http://mervyster.blogspot.com/..../ Consultado el dia (fecha de consulta)
2.-REQUISITOS DE LA CITA A PARTIR DE LA VERSIÓN IMPRESA O DE AQUELLA QUE SIN HABER SIDO PUBLICA, FORMA PARTE DEL PATRIMONIO DE LAS INSTITUCIONES ACADÉMICAS,EDUCATIVAS,CULTURALES O DE LAS DIVERSAS BIBLIOTECAS.
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